Imagina que en tu comunidad hay elecciones para tomar decisiones importantes y, aunque la mitad de la población son mujeres, casi todos los cargos los ocupan hombres. Eso ha sido la norma durante mucho tiempo en la política y el sistema judicial en México. Para corregir esa desigualdad, surgió un principio clave: la paridad sustantiva.
Durante años, las leyes mexicanas promovieron que los partidos políticos postularan a cierto porcentaje de mujeres en sus candidaturas. Pero muchas veces esto se cumplía sólo en el papel o en cargos de relleno. Fue hasta 2019 que se dio un paso histórico: la reforma constitucional conocida como “Paridad en Todo”, que obliga a que hombres y mujeres accedan en igualdad de condiciones a todos los espacios de poder y toma de decisiones.
Sí, en todo: Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, órganos autónomos, municipios, gabinetes, candidaturas, etc.
La paridad sustantiva no solo busca que haya el mismo número de mujeres que de hombres en los puestos, sino que esas mujeres lleguen de verdad al poder, con condiciones justas, y no como relleno o decoración.
Porque de nada sirve tener “paridad numérica” si las mujeres sólo están en cargos sin decisión, si enfrentan obstáculos para ejercer su autoridad o si, como ha pasado, las bajan de la contienda con excusas técnicas.
Aunque la idea venía desde antes, fue en 2019 cuando se reformó el artículo 41 de la Constitución y se estableció la obligación de paridad total. Desde entonces, han surgido reglas, lineamientos y criterios para aplicarla tanto en elecciones como en designaciones de cargos públicos.
Eso incluye, por ejemplo:
Que los partidos postulen a mujeres en distritos ganadores, no solo “de relleno”.
Que haya paridad en los tribunales, en las candidaturas a gubernaturas y en órganos autónomos.
Que las mujeres puedan acceder a cargos de alto nivel sin que les jueguen chueco con reglas que supuestamente las benefician pero terminan por excluirlas.
Porque todavía hay resistencias. Justo esta semana, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE corregir la asignación de cuatro cargos judiciales que habían sido dados a hombres, a pesar de que las mujeres que impugnaron tenían más votos.
El INE había usado la “alternancia” entre hombres y mujeres, pero la aplicó de forma que terminó perjudicando a las candidatas mejor posicionadas. El tribunal corrigió eso: “La paridad no debe usarse contra las mujeres”, dijo la magistrada presidenta Mónica Soto.
Este caso es un ejemplo clarísimo de cómo la paridad sustantiva no solo es un número: es justicia.
No. Aunque hay avances, la lucha por la paridad sustantiva sigue siendo necesaria. Hay techos de cristal, violencia política, exclusión de mujeres indígenas o de la diversidad, y muchos intentos por disfrazar la desigualdad con reglas supuestamente neutrales.
Pero cada vez que una mujer exige que se respeten sus derechos políticos, cada resolución que reconoce una injusticia, y cada espacio que se gana con legitimidad, acerca más la promesa de una democracia verdaderamente igualitaria.